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Perfil

Lucioperca en España: hábitat y técnicas de pesca

Equipo albur

Respuesta rápida. Lucioperca (Sander lucioperca): embalses donde vive, pesca a vinilo con cabeza plomada, horas buenas y normativa por comunidad.

Cómo es y dónde vive

La lucioperca (Sander lucioperca) es un pércido de Europa central y oriental introducido en España. Vive en grandes embalses y ríos lentos con aguas algo turbias. Es un depredador de fondo, muy activo en penumbra: amanecer, atardecer y noche. FishBase recoge ejemplares de hasta unos 100 cm.

Sus datos por sitio en albur son pocos (especie mal recogida en el Atlas), así que las fichas que se citan abajo son puntos de partida, no un inventario completo.

Cuándo y cómo se pesca

  • Otoño e invierno: buena época, cerca del fondo en canales y puntas.
  • Horas: penumbra y noche.
  • Técnica: spinning con vinilo y cabeza plomada a saltos sobre el fondo, y drop shot. También pesca a fondo con pez muerto donde esté permitido.

Cebos y señuelos

  • Vinilos tipo shad o finesse de 7–12 cm.
  • Cabezas plomadas de 7–21 g según profundidad.
  • Minnows de inmersión profunda.

Ver también: señuelos de agua dulce.

Dónde pescar lucioperca en España

albur tiene 21 fichas con registro directo de lucioperca y 26 con presencia en la cuadrícula del Atlas de MITECO.

Fichas de albur con al menos un registro directo de lucioperca (observación verificada en GBIF/iNaturalist o dato oficial de la comunidad). Que haya un registro no garantiza capturas: es una pista para empezar.

Ficha de la especie: Lucioperca en albur.

Normativa

Es una especie incluida en el Catálogo español de especies exóticas invasoras (Real Decreto 630/2013). Eso no significa lo mismo en todas partes: cada comunidad decide dónde se puede pescar y qué hay que hacer con el ejemplar. En unas aguas la norma obliga a sacrificarlo y prohíbe devolverlo; en otras se permite la captura y suelta. Antes de pescar, mira la fila de tu comunidad en la tabla y abre su boletín.

Lo que dicen las órdenes de pesca para lucioperca, comunidad a comunidad:

Ámbito Qué dice la norma Artículo Boletín
Aragón Régimen de invasora: captura y suelta voluntaria solo en las aguas del Anexo XII; fuera de ellas prohibida la captura intencionada y, si es accidental, sacrificio (Sin cupo ni tallas (Arts. 16 y 17)) Art. 14.1; Art. 15.2; Anexo XII enlace
Castilla-La Mancha Régimen de invasora: control de poblaciones mediante la pesca; solo en las áreas del Anexo III; captura accidental fuera de ellas: sacrificio inmediato Art. 5.3; Anexo I enlace
Cataluña Régimen de invasora: pesca solo en áreas del anexo VI; sacrificio obligatorio (Especie exótica invasora: solo se pesca dentro de las áreas del anexo VI; todo ejemplar se sacrifica y no se puede devolver ni guardar vivo) 4.2, 4.4 enlace
Extremadura Régimen de invasora: invasora en todos los casos: prohibido devolverla viva, poseerla, transportarla o comerciar con ella viva Art. 5 y anexo I, tabla II enlace
Comunidad de Madrid Régimen de invasora: objeto de pesca como control; sin talla ni cupo; no se puede devolver al agua (Especie exótica invasora objeto de pesca) Art. 25.5, 25.6; Anexo I.c enlace
Región de Murcia Régimen de invasora: solo en el río Segura, el canal del trasvase Tajo-Segura y los embalses de El Mayés, La Cierva y Algeciras; prohibido devolverla Art. 3.1.b enlace
Navarra Cupo: 0 (pesca no autorizada; si se captura, se sacrifica) Especies exóticas invasoras enlace
País Vasco (Bizkaia) Cupo: 0 (Bizkaia: pesca prohibida; carpa, gambusia, lucio, perca, pez sol, siluro y tenca: si se capturan por accidente, sacrificarlas y comunicarlo) Anexo I.b enlace
España Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. La norma estatal no obliga expresamente a sacrificar: prohíbe poseer, transportar y comerciar ejemplares vivos (RD 630/2013, art. 7.1; Ley 42/2007, art. 64.5), prohíbe devolver al medio natural los ejemplares extraídos (art. 7.3) y prohíbe usarlos como cebo vivo o muerto en aguas continentales (art. 7.4). Su pesca como medio de control solo es posible en las áreas de distribución anteriores a la Ley 42/2007 que delimite cada comunidad (Ley 42/2007, art. 64 ter.1-3, Ley 7/2018). RD 630/2013, arts. 7.1, 7.3 y 7.4 y anexo; Ley 42/2007, arts. 64.5 y 64 ter enlace

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la mejor época para pescar lucioperca?

Otoño e invierno: buena época, cerca del fondo en canales y puntas.

¿Qué cebo es mejor para lucioperca?

Vinilos tipo shad o finesse de 7–12 cm.

¿Hay que sacrificar el lucioperca si lo pesco?

Depende de la comunidad y del tramo. En algunas aguas la norma obliga a sacrificarlo y prohíbe devolverlo; en otras permite la captura y suelta. Mira la tabla de normativa de esta guía y el boletín de tu comunidad.

Fuentes

Resumen divulgativo. La normativa citada no sustituye al texto oficial: si hay discrepancia, prevalece el boletín.

Ficha y normativa de lucioperca